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Cambios Legislativos para Empresas y Ciudadanos en 2025

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El panorama fiscal de España para el ejercicio 2025 trae importantes novedades legislativas que impactarán tanto a empresas como a particulares. Estas medidas, que incluyen nuevos impuestos y modificaciones a los ya existentes, buscan alinearse con directivas europeas y adaptarse a los objetivos de sostenibilidad y equidad tributaria. A continuación, te presentamos las principales reformas, acompañadas de sus bases legales y su impacto en los contribuyentes.

Principales Cambios y Fundamentos Jurídicos

1. Impuesto Mínimo Global para Multinacionales

Este impuesto busca garantizar un gravamen mínimo del 15% sobre los beneficios de los grupos multinacionales con ingresos anuales consolidados superiores a 750 millones de euros. El objetivo es combatir la elusión fiscal al trasladar beneficios a jurisdicciones con baja tributación.

En España, las Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y la normativa de consolidación fiscal serán adaptadas para incluir este nuevo gravamen. Además, el plazo para actuaciones inspectoras se amplía a 27 meses en estos casos, conforme a lo establecido en la Ley General Tributaria (LGT).

2. Impuesto sobre Productos de Tabaco y Alternativos

El sector del tabaco, incluyendo sus alternativas, experimentará cambios significativos con la introducción de nuevos gravámenes.

Cambios en los Productos Tradicionales de Tabaco

Los nuevos gravámenes afectan al tabaco tradicional con los siguientes ajustes:

  • Aumento en los tipos específicos: Calculados sobre el número de unidades vendidas.
  • Rebaja en los tipos proporcionales: Calculados sobre el valor de venta del producto.
  • Unificación y aumento de los importes mínimos: Garantizando una recaudación mínima por producto.

Impuesto sobre Productos de Tabaco Alternativos

Se añaden impuestos para líquidos de cigarrillos electrónicos y otros productos similares:

  • Líquidos sin nicotina o con hasta 15 mg/ml: 0,15 €/ml.
  • Líquidos con más de 15 mg/ml de nicotina: 0,20 €/ml.
  • Bolsas de nicotina y productos similares: 0,10 €/gr.

Estos gravámenes reflejan un esfuerzo por igualar la tributación de estos productos emergentes con la del tabaco tradicional, además de alinearse con políticas de salud pública que buscan desalentar su uso.

3. Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones en Entidades Financieras

Este gravamen se introducirá como una modificación a la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, pero con carácter independiente, siguiendo el modelo de otros impuestos sectoriales en España.

Grava los márgenes positivos de intereses y comisiones de las entidades financieras, con tipos progresivos que llegan hasta un máximo del 7% para bases imponibles superiores a 5.000 millones de euros.

  • Este impuesto no será deducible en el cálculo del Impuesto sobre Sociedades, lo que aumenta su carga efectiva para las entidades financieras.

4. Nueva Tasa de Basuras: Obligatoria a Nivel Nacional

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

A partir de abril de 2025, todos los municipios con más de 5.000 habitantes deberán implementar una tasa de basuras destinada a financiar el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos.

  • Hasta ahora, esta tasa era opcional y regulada por las ordenanzas locales según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Ley 39/1988).
  • Con esta nueva normativa, la tasa será obligatoria a nivel nacional, y su aplicación supondrá un incremento en los costes fiscales de los hogares, especialmente en aquellas localidades donde no existía previamente.

5. Cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.

Subida de los tipos aplicables al ahorro: el gravamen sobre rentas superiores a 300.000 euros aumenta del 28% al 30%.

6. Reducción Gradual del Impuesto sobre Sociedades para Pymes y Micropymes

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, modificada según las nuevas reformas aprobadas por el Congreso.

Micropymes

Las empresas con facturación inferior a un millón de euros al año experimentarán una reducción gradual de su carga fiscal, que afectará principalmente a los primeros 50.000 euros de base imponible:

  • 2025: Tributarán al 21% los primeros 50.000 euros, y al 22% el resto.
  • 2026: Se reducirá al 19% para los primeros 50.000 euros, mientras que el resto tributa al 21%.
  • 2027: Los primeros 50.000 euros tributarán al 17%, y el resto al 20%.

Pymes

Las pequeñas y medianas empresas (con facturación entre 1 y 10 millones de euros anuales) también verán un descenso progresivo en su tipo impositivo:

  • 2025: Tributarán al 24%, un punto menos que el tipo general actual del 25%.
  • 2026: El tipo bajará al 23%.
  • 2027: Se reducirá al 22%.
  • 2028: Descenderá al 21%.
  • 2029: Finalmente, las pymes tributarán al 20%.

Este enfoque gradual busca aliviar la carga fiscal sobre las empresas de menor tamaño, promoviendo su crecimiento y competitividad en el mercado.

Impacto y Recomendaciones para los Contribuyentes

Estas reformas aumentarán significativamente la carga tributaria para ciertos sectores, además de afectar a particulares en el IRPF y en la nueva tasa de basuras. Para mitigar el impacto, se recomienda:

  • Asesoramiento profesional: Las empresas deben evaluar el impacto de los nuevos impuestos y optimizar su planificación fiscal conforme a la normativa aplicable.
  • Revisión de deducciones: Los contribuyentes particulares deben identificar oportunidades para reducir la carga del IRPF a través de deducciones fiscales permitidas.
  • Adaptación temprana: Las empresas multinacionales deben prepararse para cumplir con el impuesto mínimo global y las nuevas obligaciones de reporte.

El 2025 traerá cambios significativos en la fiscalidad española. Estas medidas, alineadas con la normativa europea y los objetivos nacionales, buscan una redistribución más justa de los tributos, pero también exigen una estrategia proactiva por parte de los contribuyentes.

Etiquetas: Contable, Fiscal, Jurídico

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